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Order (Auto)August 21, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Jorge Enrique Ibáñez Najar

✓Claimant Luis Felipe Rodriguez Rodriguez·Respondent Congreso De La Republica Y Otros

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Improcedencia de escindir el extremo pasivo
Conflicto Negativo De Competencia Aparente
  • Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
Conflicto De Competencia Aparente
  • Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
3 topics · 3 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 20 Administrativo de Oralidad, la Sala Penal del Tribunal Superior y el Juzgado 44 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento, todos de Bogotá.

Encontró la Corte que en el presente caso sólo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que el Tribunal involucrado admitió la solicitud de amparo dirigida a la Fiscalía General de la Nación, pero se declaró incompetente para conocer otra parte de ella, con fundamento en las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1069 de 2015, modificado por el Decreto 333 de 2021.

Con base en lo anterior, escindió la acción de tutela y remitió copia del asunto a los juzgados que consideró competentes para tramitar las demás pretensiones.

Al no tener certeza sobre el estado actual de las partes procesales escindidas, la Sala Plena validó la división con el fin de no retrotraer las actuaciones judiciales que legítimamente se hubieran adelantado ante otras autoridades judiciales y, a su vez, para no generar mayores dilaciones en el acceso efectivo a la administración de justicia.

No obstante, reprochó la mencionada actuación por ser impropia y desatender parámetros jurisprudenciales.

Se dirimió el conflicto con la remisión del expediente al Juzgado 44 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá para que, de forma inmediata, asuma el conocimiento de la parte escindida mencionada.

Se hizo una advertencia la Tribunal involucrado para que, en lo sucesivo, se abstenga de escindir las acciones de tutela con fundamento en reglas de reparto, pues ello desconoce la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte y afecta la efectividad de la acción constitucional.

Al juzgado administrativo en controversia se le hizo una advertencia para que, en lo sucesivo, se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (4 points)
  1. Primero. REMITIR el expediente ICC-4741 al Juzgado 44 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá para que, de forma inmediata, asuma el conocimiento de la parte escindida de la acción de tutela interpuesta por el señor Luis Felipe Rodríguez sobre las pretensiones relacionadas con el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, de los medios de comunicación Caracol, RCN y Revista Semana, y del Congreso de la República, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
  2. Segundo. ADVERTIR a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá que, en lo sucesivo, deberá abstenerse de escindir las acciones de tutela con fundamento en reglas de reparto, pues ello desconoce la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional y afecta la efectividad de la acción constitucional.
  3. Tercero. ADVERTIR al Juzgado 20 Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá que, en lo sucesivo, se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
  4. Cuarto. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante, a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá y al Juzgado 20 Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.